Un juez federal falló a favor de un amparo colectivo y declaró nulo un decreto presidencial, asegurando la inmediata entrada en vigencia de una ley clave para la discapacidad.
La Justicia federal dio un fuerte revés al Gobierno Nacional al ordenar la aplicación inmediata de la Ley de Emergencia en Discapacidad (Ley 27.793). El fallo, emitido este viernes por el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, anula la maniobra del Poder Ejecutivo que, de manera indirecta, buscaba frenar la ejecución de la norma.
El magistrado hizo lugar a un amparo colectivo presentado en defensa de las personas con discapacidad y sus prestadores, y suspendió el polémico artículo 2 del Decreto Presidencial 681/2025, que exigía al Congreso especificar las fuentes de financiamiento de la ley para que pudiera entrar en vigor.
El fallo fue contundente en su crítica a la acción del Gobierno. El juez González Charvay declaró que el Artículo 2 del decreto presidencial «resulta inválido como acto de gobierno».
Para el magistrado, exigir el detalle de las fuentes de financiamiento fue una táctica dilatoria que equivale a convalidar «una forma encubierta de veto», algo incompatible con el diseño constitucional argentino. El juez subrayó que, cuando el Congreso insiste en una ley con mayoría calificada (Artículo 83 de la Constitución), el Poder Ejecutivo no tiene excepciones y debe publicarla y aplicarla sin dilación.
La resolución judicial es severa al indicar que la maniobra del Gobierno Nacional no solo violó el mandato constitucional (Artículo 75 inc. 23 y Artículo 83), sino que también vulneró compromisos cruciales asumidos en tratados internacionales de derechos humanos.
La sentencia judicial, que da un respiro a la comunidad de la discapacidad, establece cuatro medidas centrales de aplicación obligatoria:
- Declarar nulo e inconstitucional el artículo 2 del Decreto 681/2025.
- Ordenar la aplicación inmediata de la Ley 27.793 (Ley de Emergencia en Discapacidad).
- Dar efectos expansivos a la sentencia, beneficiando a todas las personas con discapacidad y a los prestadores de servicios del sistema, no solo a los firmantes del amparo.
- Prohibir al Gobierno Nacional tomar cualquier medida regresiva que reduzca derechos ya consolidados en el sector.
El fallo representa una victoria significativa para el sector, poniendo un límite a las decisiones del Ejecutivo y asegurando que los derechos de las personas con discapacidad sean garantizados de manera efectiva.
